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Distribuido Nº 66/05

Florida, 2 de diciembre de 2005.
Sr(a) Edil(a) Departamental
Presente.
De mi consideración:
                                   Cúmpleme elevar a v/conocimiento solicitud de anuencia para desafectar del uso público camino vecinal.

A estudio: Comisión de Legislación.

IMF. Exp. Nº 30.047/05 .JDF Lº 6 Fº49.-

Florida, 22 de noviembre de 2005.

Visto: Estos antecedentes relacionados con el planteamiento de cierre de camino presentado por el Sr. Wilman Luzardo y otros.

Considerando: A que se ha dado cumplimiento a los trámites establecidos en el art.70 del Código Rural, no presentándose ningún vecino o lindero oposición a la clausura.

Que surge de los antecedentes que el camino se encuentra en desuso y su anulación como tal, no afecta a ningún lindero, previéndose por parte de División Agrimensura que ello tampoco pueda ocurrir en el futuro, para lo cual se modificó la extensión original del camino a clausurar.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA

  RESUELVE:

       Elévese a consideración de la Junta Departamental de Florida, la solicitud de autorización y consecuente desafectación de su uso público del camino vecinal, desde su intersección con Ruta Nacional Nº 6 en el Establecimiento .Montes Jazmín S.A., (Padrón Nº 2290) hasta 10 mts. Antes del límite con los padrones Nos. 2289 y 5380, conforme a croquis que se agrega a fs. 33.-

Fdo. Juan F. Giachetto Intendente Municipal Dr. Julio C. Mattos Secretario General.

LA SECRETARIA