Distribuido Nº 67/06

Florida, 12 de setiembre de 2006.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
Presente.

               Remito a v/conocimiento propuesta del Sr. Edil Departamental Pablo Lanz Adib, tendiente a modificar el actual sistema de traslado gratuito a funcionarios del Ministerio del Interior, en líneas de transporte público.

A estudio: Comisiones de Obras y Derechos Humanos.

Propuesta del Edil Pablo Lanz.

            La polémica por la segundad pública ha acaparado la atención en los últimos tiempos. Así es que se ha iniciado un debate permanente en cuanto al rol y capacitación del instituto policial. En tal sentido entendemos como asunto de cardinal importancia la atención que se le debe brindar al policía y su entorno familiar como laboral. La   revisión de normas de derecho positivo que consagran diferentes franquicias al personal policial dependiente del Ministerio del Interior es hoy un asunto apremiante e impostergable. Un tema que debe ser abordado urgentemente es la problemática situación del traslado, a sus respectivos lugares de trabajo, de los custodios de la segundad pública.          

            Nuestra idiosincrasia nos indica que ante cualquier incidente recurrimos al policía más cercano. Entonces hay que jerarquizar la función policial para prestigiar la Institución y mejorar los resultados.

            El Decreto del Poder Ejecutivo N° 387/993. de 31 de agosto de 1993 y su modificación dada por el Decreto 66/003, del 18 de febrero de 2003 son el marco legal para el traslado gratuito en los servicios de transporte colectivo de pasajeros de tos policías siempre que vistan uniforme. Estas disposiciones imponen una diferencia en cuanto a! recorrido de las líneas: por un lado están las líneas de transporte suburbanas y de corta distancia que se extiende hasta 120 kilómetros; y por otro, las de media y larga distancia La primera ampara la gratuidad en trayectos de hasta 40 kilómetros; la segunda, otorga el mismo amparo sin límite de kilometraje, esto es, desde el lugar de ascenso hasta el destino final aunque se traspasen limites departamentales. Se especifica además un límite de dos (2) policías por vehículo.

            Algunos de los argumentos utilizados para el fundamento del Decreto 66/003 consignan: ‘Que se ha constatado que la aplicación del artículo señalado -aludiendo al Decreto 387/993 en su articulo 3º-, dificulta el traslado de muchos policías a su lugar de trabajo, obligándolos a realizar varias etapas en ese trayecto, lo que conlleva retrasos y faltas que en definitiva afectan el buen funcionamiento del servicio”.

            Indefectiblemente el debate nacional por la seguridad pública está signado por distintos componentes,   opinamos que se deben revisar estas   normas urgentemente para mejorar la calidad de vida de quienes ejercen esta tan importante función.

            Sin lugar a dudas, evitando esos crueles periplos infrahumanos et funcionario policial brindará una mejor labor y tanto la Institución como la ciudadanía en general se verán beneficiados.

            Personalmente no concebimos que la situación de quienes utilizan líneas de media y larga distancia sea distinta a quienes utilizan líneas de corta distancia por lo que a nuestro entender no existe mérito para sostener el actual argumento y creemos imperioso que se revise la legislación existente.

            Por tanto, solicitamos se curse esta exposición a los señores Ministros del Interior y de Transporte y Obras Públicas, a las distintas Direcciones Nacionales del Ministerio del Interior y sus respectivas dependencias en nuestro departamento, a los Señores Senadores oriundos de nuestro departamento Sr. Juan Justo Amaro a Ing. Agrim. Eduardo Lorier, a los Sres. Representantes por el

departamento Sr. Carlos Enciso y Dr. Álvaro Vega, a la Jefatura de Policía de Florida, a la organización sindical policial de nuestro departamento, a las comisiones de Derechos Humanos y Obras, Transporte y Servicios Públicos del Cuerpo con el objetivo de iniciar contactos para lograr una adecuación de la norma ya mencionada y en tal sentido: PROPONEMOS:

  1. Que la gratuidad del transporte alcance al personal policial dependiente delMinisterio del Interior, de sus Direcciones Nacionales, de las Jefaturas dePolicía Departamental y de sus Escuelas profesionales de formación, siempreque vistan el correspondiente uniforme.
  2. Que las líneas suburbanas, como las de corta, media y larga distanciatransporten gratuitamente a quienes hacemos mención en el apartado anteriordesde el lugar de ascenso hasta el de destino, aún cuando se trasponganlímites departamentales.
  1. Que el transporte gratuito quede limitado a cinco (5) policías y/o bomberos por vehículo, quienes no podrán ocupar asiento cuando existan otros pasajeros de pie.

(Fdo ) Pablo Lanz Adib.-Edil Departamental.

LA SECRETARÍA