Distribuido Nº 87/06

Florida, 21 de noviembre de 2006.
Sr. Edil (a) Departamental.
Presente.

De mi consideración:

                                    Cúmpleme remitir a v/consideración anuencia solicitada por la Intendencia Municipal para suscribir convenio con el MInisterio de Viviendas y la Administración de Obras Sanitarias del Estado, tendiente a erradicar el asentamiento del Pintado:

 

 

A estudio: Comisión de Legislación.

Ref: I.F Exp.06694/06- JDF L1 7 F1 102.- Autorización a la Intendencia Municipal para suscribir convenio con MVOTMA y OSE.

VISTO: El proyecto de convenio adjunto entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Obras Sanitarias del Estado y la Intendencia Municipal de Florida.

CONSIDERANDO: 1) Que se ha constatado la ocupación irregular de predios propiedad de la Comuna parte del padrón No. 7345, por familias que viven en situación de emergencia habitacional y sanitaria en el Asentamiento Irregular La Lanera, aspecto corroborado por el Departamento de Desarrollo Social. 2) Que las partes acuerdan abordar la problemática en forma conjunta, a través de acciones tendientes a lograr la integración territorial y social de esa área precarizada y sus ocupantes, en la ciudad de Florida. 3) Que el objeto del presente convenio es atender la problemática planteada, desarrollando un programa de urbanización de los referidos predios y el realojo y regularización del actual asentamiento irregular. 4) Que entre las obligaciones que asume la Intendencia Municipal de Florida, se encuentra aportar los predios necesarios para el establecimiento de servicios habitacionales y de equipamiento urbano, que no podrá ser inferior al 20% del área fraccionable, los cuales posteriormente serán enajenados a cada uno de los beneficiarios.5) Que asimismo se obliga a administrar los fondos destinados a tales efectos por el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. 6) Que se establece la vigencia del proyectado convenio hasta la culminación de las operaciones previstas para el presente programa, pudiendo eventualmente superar el período de gobierno

ATENTO: A lo expuesto y a lo previsto por la ley No. 9515 artículo 35 numeral 10.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

Solicitase autorización a la Junta Departamental de Florida para suscribir el convenio que luce agregado en estos antecedentes, entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Obras Sanitarias del Estado y la Intendencia Municipal de Florida, y en consecuencia para dar cumplimiento a las obligaciones que contraerá (enajenación de predios, administración de fondos, aprobación de fraccionamientos necesarios)

(Fdo) Mtro. Juan F. Giachetto. Intendente MUnicipal- Dr. Julio Mattos. Secretario General"

Modelo de convenio entre la Intendencia Municipal de Florida, Ministerio de Vivienda y OSE para la erradicación del asentamiento del Pintado.

CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO Y LA INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA "

En la ciudad de Florida, a los .... días del mes de            de 2005, comparecen:

POR UNA PARTE.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, representado en éste acto por el Sr. Ministro Arq. Mariano Arana, con domicilio en la calle Zabala 1432 de la ciudad de Montevideo; POR OTRA PARTE: Obras Sanitarias del Estado representada en este acto por el Presidente del Directorio Ing. Carlos Colacce, POR OTRA PARTE.- La Intendencia Departamental de Florida, representada en este acto por el Sr. Intendente ....y el Sr. Secretarlo General......       con domicilio en....de la ciudad de Florida; quienes acuerdan celebrar e! presente Convenio, sujeto a la intervención previa del Tribunal de Cuentas ele la República y su homologación por el Poder Ejecutivo.

PRIMERO.- ANTECEDENTES.-1.- Las partes, han constatado la ocupación irregular, desde el año, de los predios padrones Nº xxxxx, propiedad de la Intendencia Departamental de Florida, por parte de familias que viven en situación de emergencia habitacional y sanitaria en el Asentamiento Irregular La Lanera. 2,- Las partes están de acuerdo en abordar la problemática en forma conjunta, a través de acciones tendientes a lograr la integración territorial y social de esa área precarízada y sus ocupantes, en la ciudad de Florida.

SEGUNDO.-OBJETO.- El objeto del presente Convenio es atender la problemática planteada, desarrollando un programa de urbanización de los referidos predios y el realojo y regularízación del actual asentamiento irregular.

TERCERO.- APORTES DE LA INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA.- La Intendencia Departamental de Florida se obliga, a través de acciones directas o de convenios con organismos públicos o privados a: I) Realizar un plan de urbanización de los referidos predios, con et objetivo de integrarlos a la trama urbana, generando lotos urbanizados y para equipamiento urbano, dotados de los servicios necesarios para su utilización como área habitacional para su aprobación por parte de la DINOT. II) Aprobar y registrar el amanzanamiento y fraccionamiento resultante del plan de urbanización aprobado. III) Aportar los terrenos necesarios para la realización de las obras de infraestructura IV) Aportar los predios necesarios para el establecimiento de servicios habitacionales y de equipamiento urbano, que no podrá ser inferior al 20% del área fraccionable V) Construir la infraestructura viaria+ la red de energía eléctrica (red de baja tensión y alumbrado público), debiendo   realizar   las coordinaciones necesarios con UTE para dar cumplimiento VI) Realizar los movimientos de tierra y las demoliciones necesarias para la concreción de las obras. Vil) Realizar los proyectos de equipamiento de las áreas destinadas a uso público. VIH) Aportar los predios necesarios para el realejo y regularización del asentamiento; IX) presentar un proyecto social y arquitectónico correspondiente al realojo y regularización de (as familias del asentamiento para su aprobación por parte de la DINAVI, incluyendo el relevamiento y diagnóstico de la población, la identificación de las características socío-culturales, laborales y de integración de dichas familias, X) Presentar para su aprobación en la DINAVI, el proyecto de convenio a firmar con los adjudicatarios, de acuerdo al proyecto social aprobado que deberá incluir el aporte económico, de gestión o de trabajo de las familias involucradas. XI) Impulsar el desalojo de las familias que no cumplan con los requisitos establecidos en el presente convenio XII) Identificar a los destinatarios de las viviendas a los efectos de su inscripción en el registro de adjudicatarios del MVOTMA XIII) Otorgar sin costo los permisos de construcción correspondientes a cada una de las viviendas necesarias para el realojo y regularización de las familias del asentamiento. XIV) Administrar los fondos vertidos por el MVOTMA XV) Realizar la Dirección y Seguimiento de las obras y el suministro de los materiales de acuerdo a los avances de las obras, brindado el apoyo técnico necesario

CUARTO.- APORTES DE MINISTERIO DE VIVIENDA.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente se obliga a: I) Financiar la suma de hasta 3.000 UR por concepto de fortalecimiento institucional, para la elaboración del plan de urbanización por parte de la Intendencia, de los predios involucrados. Dicho monto será desembolsado como una partida única a la Intendencia Departamental de Florida, con cargo a los créditos del año 2006 del Proyecto URU/013 de Prevención de Asentamientos Irregulares. II) financiar la suma de hasta 120.000UR con destino a asistencia técnica y materiales de construcción de las viviendas para las familias integrantes del asentamiento. Dicha suma será transferida a la Intendencia Departamental de Florida en dos etapas: la primera, en forma de una única partida correspondiente al 30% del total, con cargo a los créditos del ejercicio 2006 del Fondo Nacional de Vivienda; la segunda como una única partida correspondiente al 70% restante, con cargo a los créditos del ejercicio 2007 del Fondo Nacional de Vivienda contra la aprobación de las contrapartidas establecidas en los ítems I y IX a XI, del numeral segundo de este convenio. III) Tramitar la exoneración de aportes al BPS correspondientes a la construcción de las viviendas. IV) Realizar las coordinaciones necesarias con otros organismos del estado para el asesoramiento y establecimiento de los servicios habitacionales que se deriven del proyecto de urbanización V) Colaborar con la Intendencia Departamental de Florida, aportando recursos técnicos y asesoramiento para el logro de los objetivos del presente convenio. VI) Realizar la supervisión del proyecto en forma integral.

QUINTO.- APORTE DE OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO. La OSE se obliga a: I) Colaborar con la Intendencia Departamental de Florida para la realización total del proyecto de urbanización, aportando recursos técnicos y asesoramiento. II) Realizar las obras de saneamiento y abastecimiento de agua potable para servir a todos los predios resultantes de la urbanización. Esta obligación podrá ser transferida por el MTOP al organismo responsable de la infraestructura ferroviaria, según lo indiquen las normas legales y lo que disponga el Poder Ejecutivo.

SEXTO- OBLIGACIONES DE LOS DESTINATARIOS.- Las familias para participar en la regularización o realojo objeto del presente convenio deberán: I) inscribirse en el Registro de Beneficiarios del MVOTMA, II) no estar inscriptos en el registro de Adjudicatarios del MVOTMA III) firmar y cumplir el convenio establecido en el ítem X del numeral tercero del presente convenio.

SÉPTIMO.-POST OBRA: Durante el proceso de realojo y regularización, el MVOTMA y la IDF evaluarán en forma conjunta la necesidad y características de una post obra, que será objeto de un convenio específico.

OCTAVO.- RENDICIÓN DE CUENTAS.- En cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza No.77 aprobada en sesión de fecha 29 de diciembre de 1999 por el Tribunal de Cuentas de la República, la Intendencia Departamental de Florida se obliga a remitir al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en forma trimestral certificación de Contador Público acompañada de un informe de Revisión Limitada avalando que los fondos fueron utilizados por el monto y para los fines para tos cuales fueron entregados.-

NOVENO.- VIGENCIA.- El presente Convenio se mantendrá vigente hasta la culminación de las operaciones previstas para el presente programa.-

DÉCIMO.- FIRMAS.- Para constancia las partes suscriben el presente convenio en tres ejemplares del mismo tenor, ad referéndum de la intervención del tribunal de Cuentas de la República, en el lugar y fecha indicados ut supra."

LA SECRETARÍA