RESOLUCION J.D.F.:23/1993

DESCRIPCION: REGLAMENTACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN DE DELEGACIONES DEL CUERPO EN CONGRESOS.-

 

APROBACION: 21/05/93

Ref. Reglamentación sobre participación de delegaciones del Cuerpo en Congresos.-

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (19 en 23 Ediles), se aprobó el siguiente proyecto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          .- La participación de la Junta Departamental en congresos internacionales o nacionales, representando estas a los diferentes lemas o por medio de comisiones asesoras, se regulara por las siguientes normas.-

          .- Su designación deberá realizarse por el Plenario o el Presidente del Cuerpo, a propuesta de las diferentes bancadas en caso de los congresos de ediles o de las propias comisiones en oportunidad de la realización de congresos o encuentros regionales de comisiones.-

          .- Las delegaciones de la Junta Departamental en los congresos de Ediles deberán integrarse con Ediles Departamentales que cuenten con un mínimo de asistencia del cincuenta (50) por ciento a las sesiones de la Junta Departamental. En caso de participación de comisiones se deberá contar con igual asistencia a las reuniones de la comisión participante.

La asistencia se computara en el año legislativo (15 de Febrero al 14 de Febrero próximo) en que se realice la designación.-

          .- Para la designación de delegaciones en congresos de Ediles, se tomara en cuenta la representación obtenida por cada hoja de votación de acuerdo a la proclamación de la Junta Electoral, estableciéndose el derecho de cada lista a contar con el 50% (cincuenta por ciento) de sus Ediles Departamentales en la delegación designada. En caso de tratarse de un numero impar de Ediles, se tomara en cuenta la unidad superior a la fracción resultante.-

          .- Las presentes disposiciones, no obstara el derecho de la Mesa del Cuerpo a participar en dichos actos.-

VIATICOS

          .- A partir de la fecha se abonara a cada Edil designado para integrar delegaciones, en el marco de presente normativa, un viático diario de acuerdo al siguiente detalle:

a) Congresos internacionales: Según escala vigente para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

b) Congresos nacionales o congresos de comisiones o encuentros regionales: Cinco unidades reajustables (5 U.R).-

          .- En cualesquiera de los casos, los funcionarios que acompañen a dichas delegaciones o comisiones, percibirán un cincuenta por ciento (50%) del viático diario asignado a los señores Ediles.-

          .- Comuníquese, etc.-

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres.-

Fdo. ENRIQUE PELUAGA RIGALI, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-

Antecede Resolución JDF Nº 34/1992

Relacionado con Resolución JDF Nº 28/2007

Derogado por Resolución JDF Nº 33/2010