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Distribuido Nº 49/07

Florida, 3 de julio de 2007.
Sr(a) Edil Departamental.
PRESENTE.

De mi consideración:

                   Se transcriben sendos proyectos emanados de las comisiones asesoras del Organismo y que integrarán el Orden del Día de la sesión del 6 de julio próximo:

Ref: I.F Exp. 24703/07- JDF L1 7 F1 148.-  No hacer lugar a la solicitud de prórroga del plazo otorgado a la empresa VEINFAR S.A para el inicio de sus obras en la ciudad de Florida.

Antecedente: Distribuido 2007-0006

Visto y Considerando: la solicitud remitida por el Sr. Intendente Municipal tendiente a que se autorice una prórroga a la empresa VEINFAR S.A para el inicio de las construcciones de su obra en la ciudad de Florida,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- NO HACER lugar a la solicitud de la Intendencia Municipal para prrorogar el plazo  previsto por el Art. 61, literal a) del contrato de compraventa celebrado entre esa Comuna y el Laboratorio VEINFAR S.A el 22 de junio de 2005.-

2º.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

Conformes: Echeverría (Presidente), González (Fabiel), Martínez (Edgardo), Martínez (Jodami), Martínez (Daniel).

En contra: Santiago

--Comisión Condición de la Mujer.-

Ref. Eleva apoyo a planteamiento de la Junta Departamental de Río Negro tendiente a solicitar al Ministerio de Salud Pública se habilite el ingreso de la vacuna contra el cáncer de cuello uterino.

Visto: el planteamiento realizado en la Junta Departamental de Río Negro tendiente a que se habilite el ingreso de la vacuna que previene tumores de cuello de útero.

Considerando: I) que en nuestro País fallece una mujer cada día y medio por esta enfermedad, y de acuerdo a estudios realizados prevalece en mujeres que provienen de un medio socio económico de necesidades básicas insatisfechas, similar a la situación planteada a nivel mundial. II) Que el Ministerio de Salud Pública se encuentra realizando estudios en base a los cero tipos que se encuentran en nuestro país ya que la vacuna referida es cuatrivalente y ataca  a 4 tipos del Papiloma Humano, no obstante lo cual, estos cuatro cero tipos son precusores del mayor porcentaje de cánceres de cuello de útero. III) que si bien se es consciente del alto costo de la vacuna (en el entorno de U$S 360), se entiende que el beneficio que la misma otorga amerita se agoten los esfuerzos públicos y privados para brindar la misma;

Atento: a lo expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:  

1º.- APOYAR el planteamiento de la Junta Departamental de Río Negro tendiente a agilizar los trámites para la habilitación en nuestro País de la vacuna contra el cáncer de cuello uterino.

2º.- Remítase al Ministerio de Salud Pública.

Conformes: Sisto (Margot) (Presidenta), García (Raquel) y Rodríguez (Mary)

Ref: IMF. Exp. 02141/07 - L1 8  F1 25. Ratificación de Resoluciones JDF N1 59/06 y 24/07, estableciéndose que la empresa que instalará un aserradero en Estación Valentines es BONLIST S.A.

VISTO: Los antecedentes relacionados con la cesión por parte de AFE del predio de la Estación Valentones, para ser destinado a Aserradero.

 RESULTANDO: Que este Organismo autorizó, mediante resoluciones N1 59/06 y su modificativa N1 24/07, que la Intendencia Municipal celebrara con la Administración de Ferrocarriles del Estado contrato de comodato respecto de una fracción de terreno parte propiedad del Ente, ubicado en Estación Valentines,

CONSIDERANDO: I) Que en la autorización otorgada, según redacción dada en la Resolución N1 24/07 se establece que el destino del bien cedido será para la instalación de un aserradero para la exportación de madera en tablas por parte de la Empresa Calimel S.A; cuando en realidad la firma es BONLIST S.A.  II) Que las Comisiones de Hacienda y Legislación del Organismo recibieron en su seno a un representante de la firma BONLIST S.A quien aclaró que en la documentación aportada ante el municipio de Florida y la banca estatal, luce dicha firma como responsable del emprendimiento.

ATENTO:  Que es necesario ratificar las resoluciones adoptadas a efectos de subsanar el hecho, estableciendo que la firma de marras es  Bonlist S.A.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- RATIFÍCASE las Resoluciones JDF N1 59/06 y N1 24/07, estableciéndose que el comodato entre la Intendencia Municipal y la Administración de Ferrocarriles del Estado respecto de una fracción de terreno parte del padrón N148 propiedad del Ente, con una superficie aproximada de 22.000 m2, Manzana 6, ubicado en Estación Valentines, 4ta. Sección Judicial del Departamento de Florida; estará destinado a la instalación de un emprendimiento industrial de la empresa BONLIST S.A .

2º.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.

Conformes: Legislación: Echeverría (Presidente), González (Fabiel), Martínez (Edgardo), Rodríguez Gálvez,  Martínez (Daniel).

             Hacienda: López (Presidente), Franquini, Bentancur, Bracco, Fernández (Javier), Piccone y Varela.

Ref:  I.F Exp. 03101/95 . JDF L1 7 F1 145.- Aceptación de observación formulada por el Tribunal de Cuentas a resolución del Organismo exonerando de contribución inmobiliaria a industria del Departamento.

Visto: que por Decreto JDF N1 64/06 se exoneró por el actual período de gobierno, del impuesto de Contribución Inmobiliaria al padrón 8755, sito en la 2da. Sección Judicial de Florida, perteneciente a la firma CATELÁN. S.A

Considerando: que elevado a dictamen del Tribunal de Cuentas, el mismo observó el decreto mencionado al entender que el mismo excede la potestad tributaria del Gobierno Departamental por cuanto el citado impuesto tiene origen legal y de carácter nacional (Art. 297, num.11 Const.) siendo competencia del Parlamento Nacional establecer el beneficio otorgado.

Atento: a lo expresado,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- HÁGASE lugar a la observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República al Decreto N1 64/06 y en su mérito derógase el mismo.-

2º.- Comuníquese al Tribunal de Cuentas e Intendencia Municipal.- 

Conformes: Hacienda: Hacienda: López (Presidente), Franquini, Bentancur, Bracco, Fernández (Javier), Piccone y Varela.

Legislación: Echeverría (Presidente), González (Fabiel), Martínez (Edgardo), Martínez (Jodami), Martínez (Daniel).

LA SECRETARÍA