Distribuido Nº 69/18

Florida, 23 de octubre de 2018.
Sr. (a) Edil Departamental
Presente.
De mi consideración:
                         Se remite a Ud. informes de la Comisión Pre-Investigadora formada ante solicitud de la Sra. Edila Dptal. Gabriela Rodríguez de investigar presuntas irregularidades en la Comuna, por la ausencia laboral de un ex–funcionario por un período de tres años y percibiendo sus haberes.

INFORME EN MAYORÍA DEL PARTIDO FRENTE AMPLIO Y PARTIDO COLORADO

“Florida, 23 de octubre de 2018.

Señor Presidente de la Junta Departamental de Florida
Edil Dn. Ignacio Costa Presente.

De nuestra mayor consideración:

            A continuación elevamos a ud., de acuerdo a lo establecido en los arts. 139 y siguientes del Reglamento Interno de la Junta Departamental de Florida, el presente informe referido a la Comisión Pre -Investigadora conformada, en virtud de las siguientes consideraciones:

=lnforme de la comisión Pre - Investigadora sobre cobro de haberes de un ex funcionario de la Comuna durante un periodo aproximado a los tres años sin concurrir a desempeñar sus tareas.

ENTIDAD DE LA DENUNCIA

- Se entiende que las denuncias presentadas públicamente por el Gremio de ADEOM - Florida sobre el cobro de haberes de un ex funcionario durante un período aproximado a tres años, sin concurrir a desempeñar sus tareas en la Comuna, están lo suficientemente comprobadas por el reconocimiento del hecho por parte del directamente ex funcionario involucrado.-

OPORTUNIDAD Y PROCEDENCIA

-Se considera la importancia que para la Junta Departamental como órgano de contralor tiene investigar lo denunciado, dado que aportaría a la transparencia de la gestión de la administración y no solamente a un tratamiento periodístico del tema. Consideramos de vital importancia que por medio de una Comisión Investigadora se esclarezcan estos hechos.-

Esta Comisión, prevista en la Constitución a los efectos de que los Ediles cumplan cabalmente con su obligación, estaría en condiciones de investigar todos los hechos y/o responsabilidades, incluso de las más altas jerarquías de la Comuna, cosa que no

se podría llevar a cabo desde una simple investigación administrativa, que siempre estaría sujeta a dependencia por parte de aquellos funcionarios que la lleven adelante

Por lo expuesto, esperamos que el Cuerpo dé el voto afirmativo por parte de todos sus integrantes, a la conformación de la Comisión Investigadora a los efectos de que pueda darse fiel cumplimiento a nuestra tarea de contralor.-.

(Fdo) Ramón Acosta – Pablo Lanz

 

INFORME EN MINORÍA DEL PARTIDO NACIONAL

“INFORME SOBRE SOLICITUD DE COMISIÓN INVESTIGADORA REALIZADA POR LA SRA. EDIL GABRIELA RODRÍGUEZ.

Análisis de los motivos de la solicitud de la Comisión Pre-lnvestiqadora

En la fundamentación de la petición para la conformación de la Comisión Pre-investigadora, la Sra. Edil denunciante señala ciertas razones, las que se expondrán y analizarán individualmente en adelante:

Resultando:

  1. Se denuncia que el funcionario Luis Cabrera de la Intendencia de Florida estuvo tres años cobrando su sueldo sin concurrir a trabajar.
  2. Sobre la temática existió denuncia de ADEOM, se realizó un pedido de informes por parte del Sr. Edil Ramón Acosta (el cuál no hemos encontrado, sí, en cambio, se realizó por parte de la Sra. Edil Della Ventura) y se realizó una conferencia de prensa por parte de la bancada del Frente Amplio denunciando la situación.
  3. Finaliza su denuncia con contradictorios comentarios de la posición del funcionario Luis Cabrera y de jerarquías de la Intendencia, solicitando la conformación de la Comisión Investigadora.-

Considerando:

  1. Que el Art. 138° y siguientes del Reglamento Interno prescribe que la Comisión únicamente deberá expedirse sobre: Entidad de la denuncia, Seriedad de su origen y Oportunidad y procedencia de su investigación.
  2. Que la entidad de la denuncia refiere a lo que constituye la esencia y la unidad de la misma en este caso, la importancia y el valor de lo denunciado.
  3. Que la seriedad en cambio denota una actitud responsable hacia algo, confundiéndose, en parte, con las precauciones que se deben tomar al afirmar una cosa con los debidos visos de verosimilitud.
  4. Y, en última instancia, la investigación a realizarse debe ser oportuna y procedente, entendiéndose por tales el estar acompasada con la realidad, ser puesta de manifiesto en el momento, tiempo y lugar justo y, además, tener la calidad de razonable, justa y conveniente en las circunstancias dadas.

Actitud de la Intendencia ante las denuncias públicas realizadas

1) La Intendencia de Florida realizó una conferencia de prensa el pasado miércoles 17 de octubre para aclarar la situación.

2) En esa misma conferencia se aclaró que ya había una investigación administrativa en curso, por lo que en la actualidad es una investigación que lleva ya algunos días.

Conclusión

  1. Respecto de la entidad y seriedad de la denuncia planteada no encontramos objeción a la pertinencia de la misma, ya que la propia Intendencia de Florida ha realizado una conferencia de prensa y ha vertido su atención al esclarecimiento del hecho con los canales adecuados y que tiene a disposición, es decir, ya existe incluso una investigación administrativa en curso, de carácter reservado, va de suyo.
  2. No obstante, tenemos razonables dudas en referencia a la oportunidad y conveniencia de formar una Comisión Investigadora en el seno de la Junta, ya que se conformarían, en su caso, dos investigaciones paralelas, y las dos de carácter reservadas, sobre un mismo hecho. Ello conllevaría un claro entorpecimiento de las investigaciones y, aún más, un inevitable incumplimiento de la reserva que debe existir, ya que nunca se conseguirá la misma en los dos ámbitos, siendo los hechos y las personas investigadas idénticas, ventilarán testimonios de un ámbito al otro.
  3. Por último, entendemos deben estudiarse los canales adecuados para que la Intendencia -incluso el propio Intendente-, finalizada la investigación en curso, exponga a este Cuerpo las aclaraciones debidas, informando a los Ediles de la situación de hecho y, en su caso, las correcciones a realizarse.

(Fdo) Guillermo Montaño Brignoni.”

LA SECRETARÍA