Distribuido Nº 36/19

Florida, 11 de junio de 2019
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE

                    Se transcribe proyecto de decreto, remitido por la Intendencia, tendiente a exonerar a personas con TEA, pertenecientes a RECREAR, para el uso de la Piscina Municipal en las condiciones estipuladas.

A estudio: Comisión de Hacienda

Ref: IF. Exp Nº 01210/17

“Florida, 05 de junio de 2019

VISTO: Lo solicitado por la Dirección General de Cultura estimando la necesidad de continuar con el otorgamiento de becas para el Ejercicio 2019 a las personas con Trastornos del espectro autista.

CONSIDERANDO: 1) Que el trastorno del espectro autista (TEA) afecta de forma distinta a cada persona y pueden ser desde muy leve a grave.

2) Que las personas con trastorno del espectro autista, por lo general se presentan con retrasos significativos en el desarrollo del lenguaje, dificultad para la socialización y comunicación, también conductas e intereses inusuales.

3) Que resultan de suma importancia las actividades en el agua de las personas con TEA, como un plus a su tratamiento terapéutico, no sólo porque se posibilita la integración social, sino porque además habilita al ejercicio de múltiples dificultades a nivel motriz.

4) Que según se informa se cuenta con algunos trabajos y experiencias puntuales con anterioridad y se trabajará en forma permanente con terapeutas de la institución en forma coordinada con profesores y resto del equipo-áreas de piscina.

5) Que el Ejecutivo Departamental estima conveniente apoyar a instituciones de esta naturaleza en pro del bienestar de los habitantes del departamento.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por los Arts. 133º y 222º de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA,
RESUELVE:

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1º.- Exonérase a los niños, adolescentes y adultos con TEA, pertenecientes a RE-CREAR, por el presente año, del pago de las tasas que gravan la expedición de la ficha médica.

Art. 2º.- Exonérese, asimismo, el pago del precio por el uso de la piscina en las condiciones y horarios establecidos por el grupo docente de la Piscina Municipal.

Art. 3º.- Comuníquese, etc.

(Fdo.) Ing. Guillermo López Méndez, Intendente; Dra. Macarena Rubio Fernández, Secretaria General”.

LA SECRETARÍA