Distribuido N°06/20.

Florida, 10 de febrero de 2020.
Sr. (a) Edil Departamental.
Presente.

Remito a vuestro conocimiento, proyecto de decreto tendiente a exonerar de patente de rodados a vehículos propiedad del Movimiento de Juventud Agraria.

A estudio: Comisión de Hacienda.

Ref.- IF. Exp. N°00954/2016

Florida, febrero 4 de 2020.

VISTO: La continuidad del Convenio entre el Movimiento de la Juventud Agraria y la Intendencia de Florida, la satisfacción en su desarrollo y que en anteriores oportunidades se ha exonerado del impuesto de patente de rodados a los vehículos afectados al trabajo de la Institución en el Departamento.

CONSIDERANDO: 1º) Que el Movimiento de la Juventud Agraria es propietario del los vehículos: OAC 8467, OAC 6293 y OAC 5468;

2º) Que los antecedentes de trabajo con esta Intendencia datan! del año 2002;

3º) Que se ha mantenido y profundizado el trabajo con los pequeños y medianos productores agropecuarios;

4º) Que este Ejecutivo se encuentra satisfecho con el trabajo que viene realizando la Institución, por lo que es de su interés continuar apoyándola, otorgando el beneficio solicitado;

ATENTO: A lo expuesto y dispuesto en los artículos 133, 222 y 297 de la Constitución de la República;

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

Elevar a la Junta Departamental para su estudio y consideración el siguiente proyecto de decreto:

Art.1- Exonérese del pago al impuesto de patente de rodados por el ejercicio 2020 a los vehículos: camión marca Dongfeng, matrícula OAC 6293; camioneta marca Dongfeng, matrícula OAC 5468; y minibús marca Fotón, matrícula OAC 8467, todos propiedad del Movimiento de Juventud Agraria.

(Fdo) Ing. Guillermo López Méndez Intendente, Cr. Álvaro Riva Rey Secretario General.”

LA SECRETARÍA.-