Distribuido Nº 24/20

Florida, 2 de abril de 2020
Sr(a) Edil Departamental

                                      Se remite solicitud de autorización de la Intendencia a fin de proceder a la renovación del convenio que se mantiene con INDA, dado que su vigencia excedería el período de gobierno:

Ref. IF Exp. 02843/19.-

A estudio: Comisión Permanente

“Florida, 27 de Marzo de 2020 .-

VISTO: Las presentes actuaciones tendientes a la renovación del convenio entre el Instituto Nacional de Alimentación y esta Intendencia por el ejercicio 2020;

CONSIDERANDO: I) Que el convenio existente refiere a la instrumentación de Programas que atienden situaciones de vulnerabilidad, en el marco de las políticas alimentario nutricionales establecidas a nivel departamental y nacional; II) Que ambas partes prestaron la conformidad para la renovación del contrato por el ejercicio 2020;

ATENTO: A lo expuesto y a lo expresado por Asesoría Notarial en actuación 12;

LA INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

Elévese a la Junta Departamental de Florida para su estudio y consideración el siguiente proyecto de decreto:

  1. Autorizar a la Intendencia de Florida la renovación del convenio con el Instituto Nacional de Alimentación, en los términos acordados por ambas partes por el ejercicio 2020.-

(Fdo) Andrea BRUGMAN POZZI- Intendente - Álvaro RIVA REY- Secretario General

CONVENIO MARCO: En la ciudad de Montevideo, el 01 del mes de marzo de 2017. POR UNA PARTE, el Instituto Nacional de Alimentación - Unidad Ejecutora 03 del Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Sr. Director, Dr. Gerardo Lorbeer, con domicilio en Piedras 165 de la ciudad de Montevideo,Y POR OTRA PARTE la Intendencia de Florida, representada por el Sr Carlos Enciso Christiansen, con domicilio en lndependencia 586de la ciudad deFlorida. CONVIENEN:

PRIMERO: (Objeto) Desarrollar programas y acciones conjuntas, potenciando las fortalezas y capacidades de cada organismo firmante, en favor de los hogares y personas que requieren apoyo en el marco de las políticas alimentan:) nutricionales establecidas a nivel nacional y departamental.

SEGUNDO: (Obligaciones de las partes) A) Inda-Mides desarrolla en la actualidad en el departamento los programa de: Sistema Nacional de Comedores (SNC), Programa de Apoyo a Enfermos Crónicos (PAEC), Programa de Asistencia a Instituciones Públicas y Privadas (AIPP), así como otras acciones específicas. Dichos programas forman parte del conjunto de acciones que el INDA-MIDES implementa en el departamento a través de la Dirección Departamental del Ministerio, estando por lo tanto, también bajo su coordinación. En ese Marco, INDA-MIDES se obliga a:

1. Definir los criterios técnicos que permitan alcanzar un diseño óptimo de los programas y acciones de Inda-Mides en el departamento desde el punto de vista nutricional, así como aquellos que permitan la correcta selección y focalización de los hogares y personas participantes de los programas de Inda-Mides en el departamento.

2. Capacitar al personal operativo de la Intendencia y a los diversos actores involucrados en la gestión de las acciones y prestaciones de Inda-Mides en el departamento.

3. Realizar el seguimiento y supervisión continua de todas las acciones y actividades implementadas por Inda-Mides en el departamento, como forma de optimizar los recursos destinados a las mismas.

4. Estimular la coordinación y participación entre los actores involucrados públicos y privados en beneficio de los hogares y personas en los programas implementados por Inda-Mides.

5. Transferir a la Intendencia los fondos establecidos para el desarrollo del Sistema Nacional de Comedores (SNC) en el departamento (destinados para la compra de víveres frescos, carne de pollo, pescado y gas). Dichos fondo¿ ascienden a $ 2.897.526(pesos uruguayos dos millones ochocientos noventa y siete mil quinientos veintiséis) para el período de vigencia de este convenio, transferidos en 6 partidas bimestrales iguales de $ 482.921 (pesos uruguayos cuatrocientos ochenta y dos mil novecientos veintiuno) cada una. Las partidas serán abonadas de la siguiente forma: la primer partida (correspondiente a enero y febrero 2017) a pagar previo a este convenio autorizada la misma por el Tribunal de Cuentas de la República, la segunda partida se transferirá dentro de los 30 días siguientes a la suscripción del convenio, la tercera a los 5 meses de iniciado, la cuarta a los 7 meses de iniciado, la quinta a los 9 meses de iniciado y la sexta a los 11 meses de iniciado, previa presentación, por parte de la Intendencia, de los correspondientes informes de Rendiciones de Cuentas.

6. INDA-MIDES asimismo realizará la entrega de alimentos secos y carne vacuna para los SNC del departamento, pudiendo -de acuerdo entre las partes- transformar este apoyo en alimentos secos y carne vacuna en transferencias económicas. El monto de la transferencia económica, y del apoyo en alimentos secos y carne vacuna, es establecido por Inda-Mides de acuerdo a la cobertura técnica del programa SNC para el departamento.

7. Enviar a la Intendencia los alimentos secos necesarios para los programas PRIN, PAEC, AIPP y las acciones específicas de INDA-MIDES en el departamento en las que la Intendencia participe y brinde cooperación operativa.

B) La Intendencia de Florida se obliga a:

1. Designar referentes técnicos para la articulación con Inda-Mides. En este marco, resulta obligatorio que la Intendencia cuente con Licenciados en Trabajo Social, y por intermedio de ellos, mantenga un permanente relevamiento de los usuarios de los diferentes servicios departamentales que reciben apoyo de Inda-Mides, a efectos que los mismos estén focalizados a la población objetivo de los programas del instituto Nacional de Alimentación.

2. Proveer la planta física adecuada para el Depósito de Alimentos, almacenamiento y distribución de los alimentos secos suministrados por Inda-Mides para los diversos programas implementados, asegurando el mantenimiento de la misma desde el punto de vista edilicio y sanitario, en condiciones óptimas en las etapas correspondientes: recepción, almacenamiento, armado de canastas y remesas, distribución y entrega. Asimismo debe proveer los vehículos necesarios para el transporte de alimentos a las localidades del interior del departamento, de acuerdo a las normas técnicas vigentes del Instituto. De igual forma, la Intendencia se obliga a proveer los recursos humanos calificados y los recursos tecnológicos que se requieren para el desarrollo de las acciones establecidas (programas SNC, PRIN, PAEC, AIPP y acciones específicas).

3. Proveer las plantas físicas adecuadas de acuerdo a criterios técnicos del INDA, para el establecimiento de los servicios de comedor definidos para el departamento y asegurar el mantenimiento de las mismas en condiciones óptimas que permitan alcanzar la calidad de la prestación programada. Asimismo los comedores deben disponer del equipamiento (almacenamiento seco y refrigerado, medios de cocción, vajilla, mobiliario, etc) necesario para la producción y servicio de la prestación (almuerzo) de acuerdo a las normas técnicas vigentes del Instituto. La Intendencia será también la responsable de dotar a los comedores del programa SNC del personal necesario, incluyendo a un Encargado en cada uno de ellos, estipulado por INDA y con el perfil que el Instituto determine, atendiendo sus retribuciones (incluyendo aportes a la seguridad social, seguro accidentes de trabajo y todo otro concepto correspondiente a la relación laboral).

4. Destinar los fondos transferidos por Inda-Mides exclusivamente al programa SNC, bajo los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Alimentación. Asimismo se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 19.292, especialmente en lo referente a la compra de alimentos de producción familiar agropecuaria y de pesca artesanal. De manera particular, se buscará integrar como proveedores de alimentos para los SNC del departamento a las producciones agroecológicas y orgánicas.

5. Presentar informes de Rendición de Cuentas de los gastos vinculados a su ejecución, conforme a lo dispuesto por el artículo 132 y siguientes y 159 del texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (Decreto № 150/012 de fecha 11/05/2012) y la Ordenanza № 77 del Tribunal de Cuentas de la República del 29/12/1999 y Resolución Modificativa del 28 de agosto de 2013. El cumplimiento de este requisito será indispensable para autorizar el pago de las partidas siguientes hasta la finalización del convenio.

TERCERO: (Convenios Específicos y Protocolos Operativos) INDA-MIDES y la Intendencia se comprometen a establecer y actualizar periódicamente los convenios específicos y los protocolos operativos (incluyendo responsabilidades de las partes a nivel detallado) referidos a los programas y acciones de Inda-Mides en el departamento en las cuales la Intendencia participa y brinda apoyo técnico, logístico y/o material.

CUARTO: (Domicilios y correos) Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales a que diere lugar este convenio, las partes fijan como domicilios especiales los indicados como suyos al principio y reconocen el valor del telegrama colacionado o el correo electrónico para todas las comunicaciones, intimaciones y notificaciones a los efectos que pudiera dar lugar este convenio.

QUINTO: (Vigencia) Este convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, pudiendo ser renovado por plazos de un año por acuerdo de las partes.

SEXTO: (Ajuste Anual) En caso de renovación del presente convenio, el monto de la transferencia económica de MIDES-INDA a la Intendencia será ajustado anualmente a partir del segundo año de vigencia del presente convenio. Dicho ajuste anual se realizará en base al índice de Precios al Consumidor del año inmediatamente anterior.

SÉPTIMO: (Rescisión) Este convenio podrá ser rescindido por cualquiera de las partes con una notificación previa de 90 días de antelación.

OCTAVO: Y para constancia de la conformidad de las partes con lo establecido en el presente convenio firman al pie de este documento, recibiendo copia del mismo, en el lugar y fecha indicados.

(Fdo) Carlos Enciso Christiansen –Intendente – Dr. Gerardo Lorbeer-Director INDA-MIDES”

LA SECRETARÍA